España impone un Permiso Retribuido Recuperable para Trabajadores de Servicios no Esenciales

Esta regulación limita la movilidad de los trabajadores que prestan servicios en los sectores calificados actualmente como no esenciales.

El 29 de marzo de 2020, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo de 2020, por el que se regula un permiso retribuido recuperable desde el 30 de marzo hasta el 9 de abril, ambos inclusive, para las personas trabajadoras de los servicios no esenciales (RDL 10/2020). Posteriormente, el 30 de marzo, se publicó la Orden SND/307/2020 por la que se establecen los criterios interpretativos para la aplicación del RDL 10/2020. El objetivo de esta nueva regulación es limitar la movilidad de los trabajadores que prestan servicios en los sectores calificados, en el contexto actual, como no esenciales.

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