Nuevas reglas vigentes para agilizar trámites ante la administración en Colombia

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El pasado 22 de noviembre, a través del Decreto – Ley 2106 de 2019 entraron a regir nuevas medidas que el gobierno nacional en Colombia impulsó para garantizar una mayor agilidad en los trámites que se adelantan ante el Estado. Por lo anterior, el principal objetivo e innovación que trae el Decreto es el de simplificar, suprimir y reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la administración pública, buscando con esto que el Estado colombiano implemente trámites, procesos y procedimientos administrativos sencillos, ágiles, coordinados, modernos y digitales.

Así las cosas, para poder alcanzar los objetivos propuestos, las entidades del Estado tendrán la obligación de utilizar y emplear canales digitales tanto para su relacionamiento con otras entidades, como con los ciudadanos, para lo cual se deberá hacer uso del modelo de Servicios Ciudadanos Digitales en coordinación con el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Adicionalmente se crea el Porta Único del Estado Colombiano, que será el lugar en el que los ciudadanos podrán acceder a información, procedimientos, servicios y trámites que se deban adelantar ante las autoridades. Esta herramienta, una vez se implemente, de acuerdo con las directrices del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, servirá para centralizar y agilizar los trámites, puesto que en los términos propuestos en la reglamentación, este será el único lugar en el que se encuentre esta información.

Una innovación que trae esta reglamentación es la obligación que tienen las autoridades del Estado para habilitar medios de pagos electrónicos para las transacciones que se realicen a favor del Estado o de la entidad, en relación con el pago de las tarifas asociadas a trámites, procesos y procedimientos, suprimiendo con esto la obligación de consignar personalmente dichos dineros.

Respecto de las disposiciones particulares, vale la pena señalar que el Decreto – Ley 2106 trae más de 150 artículos, a través de los cuales mejora trámites, procesos y procedimientos en diversos sectores del Estado, incluidos los sectores de Minas y Energía y Ambiente y Desarrollo Sostenible, destacándose para este último la imposibilidad que tienen las autoridades ambientales de requerir al solicitante de licencia ambiental información, requisitos o datos adicionales no contemplados en la ley para efectos de dar trámite a la solicitud.

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