SIC Archiva Investigación al Aceptar Ofrecimiento de Garantías por Parte de Empresa Investigada

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Read in English: SIC Accepts Guarantees Offered by Investigated Company and Closes Investigation

Luego de seis años, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) en Colombia archiva nuevamente una investigación al aceptar las garantías ofrecidas por una de las empresas investigadas.

Se trata de la investigación que inició en contra de una empresa por presuntamente haber incurrido en conductas anticompetitivas al obstruir la libre circulación de facturas emitidas por sus proveedores. Esta conducta se encuentra expresamente prohibida en el Artículo 778 del Código de Comercio, el cual establece que toda retención o acto que impida la libre circulación de facturas constituye una práctica restrictiva de la competencia; en la medida en que este es un mecanismo utilizado por micro, pequeños y medianos empresarios como alternativa a los mecanismos tradicionales de financiación.

La empresa investigada ofreció garantías estructurales y de comportamiento al interior de la investigación las cuales consistieron, entre otras, en crear una plataforma tecnológica que permite la libre circulación y negociación de facturas entre proveedores y compañías dedicadas al factoring, así como el otorgamiento de una garantía colateral que la SIC estimó en el equivalente a cien mil (100.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

En efecto, el ofrecimiento de garantías al interior de investigaciones por la presunta realización de prácticas anticompetitivas se encuentra establecido en el Artículo 16 de la Ley 1340 de 2009, como una herramienta procesal mediante la cual los investigados se comprometen a suspender o modificar la conducta por la cual son investigados con el fin de terminar anticipadamente la investigación.

Lo anterior ratifica la utilidad de esta herramienta procesal, la cual evita que la Autoridad de Competencia se desgaste en demostrar la ocurrencia de prácticas anticompetitivas, al mismo tiempo que permite dar por terminada de manera anticipada una investigación administrativa, sin pronunciamiento de fondo y sin sanciones a los investigados, logrando así garantizar la libre competencia en los mercados.

Así pues, Holland & Knight está de acuerdo en que la SIC haya usado nuevamente esta herramienta, en la medida en que permite garantizar la libre participación de las empresas en el mercado, el bienestar de los consumidores y la eficiencia económica.

DISCLAIMER: Because of the generality of this update, the information provided herein may not be applicable in all situations and should not be acted upon without specific legal advice based on particular situations.

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